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La calificación "merecida" para mi trabajo de grado - Parte 1

  • Foto del escritor: Gabriel Bastidas
    Gabriel Bastidas
  • 29 mar 2019
  • 5 Min. de lectura

Actualizado: 8 may 2019


Soy estudiante egresado del Dpto. de Lingüística e Idiomas de la Udenar, y la presente es una anécdota donde comparto hechos de manera simplificada pero manteniendo su esencia.

Todo comenzó en el semestre 2017 A, tiempo en que mi compañera y yo decidimos realizar un Proyecto de Investigación como nuestro trabajo de grado. Aprovechamos las clases de investigación para hacer un buen proyecto y después de un buen tiempo de receso, en agosto del 2018 inscribimos nuestro proyecto; nos asignaron un asesor, luego dos jurados y después de realizar las correcciones pertinentes (3 veces), procedimos a sustentar. Justo después de la temida sustentación y defensa del proyecto, los jurados nos felicitaron por nuestro buen rendimiento académico y por la alta calidad del trabajo. Esperábamos con ansias obtener una buena nota.


Un trabajo excelente, pero...

"Creo que un trabajo de estos merece una nota alta", dijo uno de los jurados, "pero… pues no vamos a llegar hasta allá".


No somos del tipo de estudiantes que buscamos una nota impecable, o que 'reclamamos un 4.9', por así decirlo. Pero por supuesto prestaríamos atención a las razones por las que los jurados no nos otorgarían la calificación que decían merecíamos.


"No sé porqué ustedes no lo terminaron" continuó diciendo el mismo jurado que hablaba por su compañero también, "sí nos hubiese gustado que tengan una nota súper alta, porque realmente esto vale el 100, pero no sé por qué llegaron hasta aquí."


...no vamos a llegar hasta allá

¿A qué se referían con que "llegaron hasta aquí"? Y varios de nuestros compañeros egresados y graduados desde el 2016 entenderán este problema, pues en ese año hubo un cambio en el reglamento para presentar los trabajos de grado en nuestros programas:

Antes, uno debía hacer un Trabajo de Investigación completo, el cual contiene 4 o 5 capítulos, pero ahora se puede realizar un Proyecto de Investigación, el cual contiene 3 capítulos. Este cambio se hizo buscando igualdad frente a otras modalidades de trabajo de grado que no son tan demandantes, como el Research Paper (una investigación bibliográfica, es decir no recopila información propia en el entorno).


¿El problema entonces? Pues algunos profesores, aún hoy después de 2 años, no han aceptado o, peor, desconocen la decisión institucional que se tomó. Por ello, ha sido común escuchar que los jurados bajan la calificación de los trabajos de grado justificando que no se terminó o no se ejecutó el Trabajo de Investigación. Y hoy, el reglamento no obliga a "terminar" el trabajo investigativo, puesto que es precisamente un Proyecto de Investigación.


El panorama entonces, es que algunos profesores evalúan bajo criterios que están fuera del reglamento. Quizá porque piensan que un Proyecto de Investigación no podría llegar a valer 100 puntos, sin importar la alta calidad del mismo. Y peor aún, quizá piensan que un Trabajo de Investigación sí puede alcanzar ese puntaje aunque no sea de muy buena calidad. El clásico 'cantidad sobre calidad'.


No nos gusta que falten cosas

Pero bueno, no puedo continuar narrando sin mencionar las justificaciones por las que los jurados mantuvieron su posición. Y para llevar cuentas, las enumeraré a lo largo de la anécdota (3 en esencia).


1. Les falta la sección de conclusiones que habíamos sugerido

2. Les falta unos "supuestos cualitativos", también sugeridos


Entonces... es verdad que los jurados nos sugirieron en uno de sus conceptos añadir estas secciones, pero lo hicieron de esta manera: "Se sugiere realizar un ejercicio de 'Supuestos cualitativos' y así complementar el trabajo con los capítulos: Data Analysis and Findings (...), Conclusions and Discussion, Pedagogical Implications (...)."

Es decir, sugirieron que terminásemos el trabajo (lo cual ya sabemos, No es obligatorio).


En respuesta a aquellas justificaciones: 1) En el Acuerdo donde se reglamenta el trabajo de grado, no se obliga escribir conclusiones porque no hay resultados para concluir el mismo (aunque luego nos "explicaban" que lo que pedían era conclusiones generales del trabajo, lo cual no era verdad), y por si fuera poco, cuando hicimos las correcciones, nuestro asesor escribió en su concepto por qué no añadimos esas sugerencias. Conclusión: O el Departamento no les dio a conocer ese concepto a los jurados, lo cual es un gran problema; O ellos no lo leyeron, ya que después nos aprobaron la sustentación sin decir nada al respecto, algo poco ético a mi juicio.

Y 2) En el trabajo sí hicimos el "ejercicio de supuestos cualitativos". Conclusión: No leyeron la versión final del proyecto.


¿Reevaluación? ¡Aah, contracalificación!

Al escuchar a los jurados decir que no podían otorgar una nota más alta, lo cual para nosotros significó un cierre a la oportunidad del diálogo, procedimos a redactar una solicitud al Comité Curricular y de Investigación de nuestro Departamento. En ella solicitamos que se haga una "revisión de la calificación" (lo que en realidad se llama 'reevaluación') o una contracalificación, teniendo en cuenta los argumentos que dimos a favor nuestro.


La primera opción buscaba un espacio para argumentar o contra-argumentar con los jurados y así vislumbrar la posibilidad de rectificar su decisión, pero no teníamos la certeza de que fuese algo legítimo. La segunda opción está en el Estatuto Estudiantil, pero, en primer lugar, es algo que de lleno descalifica a los jurados en su labor, y en segundo lugar, el Estatuto no especifica que la contracalificación se aplique a los trabajos de grado (trabajo escrito y sustentación), aunque tampoco dice lo contrario. Lo que llaman, un 'vacío jurídico'.


El Comité nos dio respuesta ese mismo día informándonos que en el Estatuto no se contempla la contracalificación para trabajos de grado y que por lo tanto, respetan la decisión de los jurados. Una respuesta que no nos satisfizo, pues... ¿habían tenido en cuenta nuestros argumentos? ¿habían hablado con los jurados al respecto? La respuesta a esta última pregunta fue respondida después, cuando en una decisión quizá acelerada, hablamos personalmente con uno de los jurados que nos expreso su desconocimiento del proceso.


Y ¿qué pasó con la 'revisión de la calificación'? Pues en una respuesta posterior, el Comité aclaró que pensaban que era lo mismo que una contracalificación, por lo cual no podían tomar una decisión y actuarían según asesoría jurídica.


El organismo de la comunidad estudiantil

La asesoría con la que procederían a tomar una decisión era de la Oficina Jurídica de la Universidad. Esta le respondió al Comité Curricular corroborando que hay un vacío en la norma (que no existe la contracalificación para los trabajo de grado) y alegando que nosotros hicimos la solicitud fuera del plazo reglamentario (3 días hábiles para pedir contracalificación). Y me pregunto, ¿en qué clase de concepto jurídico no se dan el trabajo de contar los días? Pequeños detalles como este y como usar artículos normativos que no tienen nada que ver, hablan mucho del trabajo de la persona a cargo de esa instancia.


Sabiendo de tal concepto jurídico, dimos un buen paso a la vez que dimos otro en falso. Hicimos un oficio solicitando copias de las tablas de evaluación que entregaron los jurados. En ellas podríamos ver en qué aspectos nuestra puntuación se vio afectada. Pero también, al no conocer la norma claramente, decidimos hacer uso del Derecho de Petición (cuando lo correcto era usar el Recurso de Reposición y en Subsidio el de Apelación). En este oficio pedimos que se nos revise la calificación o se nos contracalifique. Nos respondieron que la petición no era clara, luego la aclaramos y la respuesta oficial fue que el Comité pediría a los jurados que redacten sus criterios junto con una justificación de la calificación otorgada.


Lo frustrante del Derecho de Petición que hicimos (3 páginas y media), fue que en él explicamos a detalle todo lo que nos pareció injusto, y el Comité Curricular se limitó a apoyar (a mi manera de ver) a los jurados. Bueno, quizá intentaron tomar un posición meramente objetiva, aunque hubiésemos preferido una acción más productiva que llevase al diálogo.
Si te ha interesado esta anécdota, continúa leyendo la segunda (y última) parte.

 

La información en este post es producto de mi experiencia personal y de interacciones con los jurados calificadores, los representantes estudiantiles y secretarias de diferentes instancias.

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